Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero y inscritos regularmente en AIRE pueden ejercer el derecho de voto en el extranjero en el lugar de residencia para las elecciones legislativas nacionales, para los referendos derogatorios y constitucionales ex artt.( da correggere anche in italiano) 75 y 138 de la Constitución y para las elecciones al Parlamento Europeo.
El voto en el extranjero para las elecciones legislativas nacionales y los referéndums está regulado por la Ley 27 de diciembre de 2001, n. 459 y por su Reglamento de aplicación (D.P.R. 2 de abril 2003, n. 104), en aplicación del art. 48, 56 y 57 de la Constitución, que instituyeron la Circunscripción Extranjera. La Ley 6 mayo 2015, n. 52, (c.d. “Italicum”) estableció que incluso los ciudadanos temporalmente en el extranjero por un período de al menos tres meses por razones de trabajo, estudio o asistencia médica pueden pedir a su Municipio votar en el extranjero por correspondencia.
El voto en el extranjero para la elección de los representantes italianos al Parlamento Europeo es en cambio regulado de la ley 24 enero 1979 n. 18 y del Decreto-ley del 24 junio 1994 n. 408 (convertido en ley 3 agosto 1994, n. 483).
Los electores italianos residentes en el extranjero y inscritos regularmente en AIRE pueden votar también por la elección de los representantes de los COMITES – Comités de los italianos en el extranjero (Ley 23 de octubre de 2003, n. 286).